En el Embalse El Yeso, un bien nacional de uso
público con un estatus de protección especial, una familia decidió celebrar la
revelación de género de su futuro bebé utilizando polvos de colores,
serpentinas, papel picado y cotillón en general. Este acto, si bien festivo,
causó una gran polémica y es un claro ejemplo de lo que no se debe hacer en
estos lugares.
El incidente no solo es una falta de conciencia
ambiental, sino que también va en contra de la normativa de los bienes
nacionales de uso público. Los residuos químicos de los polvos se esparcieron
por la nieve y el agua, contaminando un recurso vital para la Región
Metropolitana.
Un bien nacional de uso público es cualquier
propiedad que pertenece al Estado y que está destinada al uso y disfrute de
todos los ciudadanos. La función principal de estos bienes es asegurar que
todos los ciudadanos tengan acceso equitativo a espacios esenciales para el
desarrollo de la vida social y económica. Su administración y protección
corresponden al Estado, que debe velar por su conservación y correcto uso.
Podría pensarse que la familia del Embalse El Yeso no
hizo nada malo, ya que este bien les pertenece a ellos también. Sin embargo, un
viejo refrán dice que "mis derechos
terminan donde comienzan los de los demás". Aplicado a este caso,
nadie tiene derecho a estropear lo que yo también tengo derecho a disfrutar, y
viceversa. Aunque el daño parezca menor, la falta se agrava por el hecho de
estar en una zona donde este tipo de acciones está prohibido.
La ley estipula lo que podemos y no podemos hacer en
estos lugares:
Podemos hacer:
- Usar y disfrutar libremente: Puedes transitar, recrearte y
hacer uso de estos bienes siempre que respetes las leyes y la finalidad
del lugar.
- Acceder para fines específicos: Los propietarios de terrenos
colindantes con playas, ríos o lagos deben facilitar el acceso a estos
bienes si no existen otras vías públicas para hacerlo.
- Realizar actividades recreativas: Deportes, picnics o
simplemente descansar en plazas, parques y playas.
No podemos hacer:
- Ocupar el lugar de forma exclusiva: No puedes cercar, cerrar o
apropiarte de un bien nacional de uso público.
- Dañar el medio ambiente: Está prohibido talar árboles,
contaminar o realizar cualquier acto que altere o deteriore el lugar.
- Construir sin autorización: No se puede construir ninguna
estructura en estos terrenos sin los permisos correspondientes.
- Comerciar con el bien: No puedes vender, arrendar o
hipotecar un bien nacional de uso público.
El mal uso o la ocupación ilegal de estos bienes debe
ser denunciado y conlleva sanciones. La administración de estos recae en el
Ministerio de Bienes Nacionales y en las Municipalidades, quienes tienen la
facultad de fiscalizar y aplicar multas.
El caso del Embalse El Yeso no es un acto aislado. Por
ejemplo:
- Jeeperos en las dunas: Vehículos motorizados en las
dunas de lugares como Ritoque compacta la arena y destruye un ecosistema
extremadamente frágil, afectando la flora y fauna local.
- Vandalismo en sitios arqueológicos: Rayados y daños en formaciones
rocosas y sitios de arte rupestre demuestran una falta de respeto por
nuestro patrimonio natural y cultural.
- Contaminación por basura: La irresponsabilidad de
algunos visitantes ha convertido ríos, lagos y playas en vertederos.
- Incendios forestales: Fogatas no autorizadas y
colillas de cigarrillos han provocado incendios devastadores en parques y
reservas nacionales.
- Cierre del acceso a riberas de mar, ríos y lagos.
Estos casos demuestran la urgente necesidad de una
mayor educación ambiental, donde los medios de comunicación están ausentes y una
fiscalización más estricta para garantizar que estos bienes, que son de todos
los chilenos, sean usados de manera responsable y sostenible para las futuras
generaciones.
El derecho a disfrutar de estos lugares viene con la
obligación de protegerlos.

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